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En conformidad con la ley 25.326. Artículo 27. El titular podrá en cualquier momento solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de los bancos de datos a los que se refiere el presente artículo. Decreto 1558/01, anexo i. Art. 27: En toda comunicación con fines de publicicidad que se realice por correo, teléfono, correo electrónico, internet u otro medio a distancia a conocer, se deberá indicar, en forma expresa y destacada, la posibilidad del titular del dato de solicitar el retiro o bloqueo, total o parcial, de su nombre de la base de datos. Según el decreto 51618 Tit. 3ro. (105 Congreso de Estandarización de Normativas Internacionales) ningún e-mail será considerado SPAM si el mismo es enviado por única vez, o bien incluye la forma de ser removido. |
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